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Por Adriana Rodríguez Caguana/ Foto por Constanza Portnoy
La Comunidad Potae Napogna Navogoh –La Primavera– del Pueblo
Qom, provincia de Formosa, se halla en una abierta contienda con el
gobierno local. Actualmente, miembros de la comunidad, junto a su líder
indígena Félix Díaz, están acampando en el cruce de las avenidas de Mayo
y 9 de Julio en la Ciudad de Buenos Aires para ser escuchados y
visibilizados por el gobierno nacional. Sin embargo, este conflicto
tiene un antecedente jurídico y político que traspasa las fronteras
nacionales; incluso, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
ratificó el 24 de diciembre de 2014 la medida cautelar dispuesta en 2011
para que el Estado argentino garantice la seguridad de la comunidad,
sin tener hasta el momento respuesta alguna. Entrevistamos a la abogada
del Servicio de Paz y Justicia (SERPAJ), Mariana Katz, quien es
especialista en derechos de los pueblos indígenas, para que nos explique
el caso Qom desde una dimensión jurídico-política que nos permita
entender las causas del conflicto.
Mientras editábamos esta entrevista, en la mañana del 23 de abril, el
acampe Qom fue atacado con una bomba casera motolov, hecha con una
botella de plástico. La bomba cayó cerca de la bobilla de gas de la
cocina. Esa misma mañana, en Formosa, destrozaron la radio QOM fm 89.3.
Fuimos al acampe ese mismo día (esto ocurrió justamente unos días antes
de las elecciones internas partidarias, en la Ciudad de Buenos Aires) y
estaba el acampe solo, con una bandera raída que decía “Resistencia
Qom”. Los miembros de la comunidad nos contaron el hecho con la
naturalidad de los sobrevivientes.
¿Cuáles son los orígenes de la problemática actual de los derechos de los Qom?
El problema nació en los años cuarenta, cuando la provincia de
Formosa no existía como tal. Por entonces, el presidente Castillo emitió
una normativa en la cual se reconocieron cinco mil hectáreas como
reserva territorial a los indígenas Qom. En 1955 se creó la provincia de
Formosa y este decreto entró en disputa. Desde Corrientes hacia el
norte, todo era del territorio nacional (y responsabilidad del Estado
Nacional), y ahí vivían los indígenas de los pueblos Qom, Pilaga,
Nivacle y wichi.
Así, la situación cambió y se empezó a dar autonomía a las
provincias, como ocurrió con el Chaco y Misiones. Posteriormente, la
Nación dictó una Ley, la 14.073, que creaba el Parque Nacional Pilcomayo,
donde los límites se superponen con la delimitación de las cinco mil
hectáreas. Entonces hubo una superposición de mensuras y la provincia se
hizo responsable de este tema territorial. La comunidad Qom empezó a
denunciar esta situación que afectaba directamente a su territorio,
porque, además, los administradores del Parque ni siquiera daban acceso a
la Laguna Blanca.
Hay que recordar que en Formosa se creó la ley N° 426 en 1984, que
estipulaba los derechos indígenas y que hablaba de la posesión de la
tierra desde una concepción del derecho civil. En 1994 se reformó la
Constitución, como se dio en toda Latinoamericana, en medio de un fuerte
neoliberalismo. Dentro de esa reforma, el movimiento indígena argentino
logró que se reconocieran los derechos de los pueblos indígenas: su
preexistencia, la identidad cultural, la Educación Intercultural
Bilingüe, la posesión de tierras comunitarias y el derecho a la
participación. Pero lo que plantea ese artículo de la Constitución es
que las facultades son concurrentes entre la provincia y el Estado
Nacional, porque nosotros tenemos un sistema Federal, que se diferencia
del unitario que se encuentra en otros países de la región
latinoamericana. Acá incluso las provincias son preexistentes al
Estado-Nación, con lo cual, los derechos de los pueblos indígenas tienen
también esta concurrencia. Si bien podemos entender la historia
política de esta división, resulta ser una limitante en la práctica de
los derechos, porque los Estados se pasan la “pelotita”, que es la
responsabilidad jurídica. Nadie se quiere hacer cargo de hacer cumplir
estos derechos humanos.
Entendido en términos jurídicos, ¿la concurrencia es una forma de corresponsabilidad?
No, concurrencia se entiende sólo como facultades. La Argentina, al
tener incorporados los tratados internacionales en la Constitución, es
responsable internacionalmente, frente a la violación de las provincias.
Pero se confunden facultades con responsabilidad, y ahí está el
problema.
Frente a esta situación en concreto, al reclamo de la comunidad Potae Napogna Navogoh –Primavera– empezó
por la superposición de mensuras, porque, por ejemplo, los
guarda-parques no les permitían acceder a espacios del parque nacional,
que es una reserva. Con esto la comunidad empezó a hacer denuncias a
distintos organismos, gracias también al trabajo de muchos años de la
antropóloga Lorena Cardín, quien promovió visibilizar esta situación.
Frente a esto, lo que hizo el poder político de la Provincia fue dividir
a la comunidad. Antes de la reforma de la Constitución, el Estado tenía
la fórmula de reconocer a las comunidades indígenas sólo como
asociaciones civiles, que nada tienen que ver con las asociaciones
políticas indígenas, y que sirve, en muchos casos, para dividir a las
comunidades.
¿La comunidad la Potae Napogna Navogoh-Primavera
quiso inscribirse con personería jurídica, como asociación o como
comunidad indígena después de la reforma constitucional de 1994?
La provincia no le quería reconocer la personalidad jurídica como
comunidad indígena, sino sólo como asociación civil. Esto también generó
un quiebre en su interior, a partir de la incidencia del poder político
que ofrecía puestos políticos a ciertos miembros de la comunidad.
Por otro lado, otro problema fue el territorial. En 2010, la
comunidad decidió hacer un corte en la ruta 86, en noviembre, por estos
dos reclamos en concreto: el reconocimiento de la personería jurídica y
que se cumpliera con los derechos territoriales que fueron reconocidos
en 1940. Entonces, frente a esta situación, el gobierno provincial
–dirigido por Gildo Insfrán– decidió reprimir violentamente estas
manifestaciones en noviembre de 2010.
¿Qué efectos tuvo la represión?
Un indígena falleció, y quemaron las pertenecías de los líderes. En
noviembre de 2010 vinieron por primera vez a acampar a Buenos Aires para
que los recibiera el gobierno nacional. A fines de abril de 2011, el
ejecutivo nacional designó al ministro Florencio Randazzo para que
realizara una mesa de diálogo y trabajo. Se inició en mayo, después de 6
meses, y se terminó con un montón de acuerdos que no se cumplieron.
Pero en el medio del procedimiento, incluso antes de que los
reprimieran, la comunidad presentó un amparo a través de la defensa
pública, que llegó a la Corte Suprema de Justicia, que ordenó hacer un
relevamiento territorial.
Volviendo al acompañamiento desde lo político-jurídico que hacemos
desde el SERPAJ, lo que logramos fue que se reconociera a Félix Díaz
como dirigente de la propia comunidad. La provincia de Formosa aceptó
que se llevara a cabo una elección para disputar la representatividad de
la Comunidad. Sin embargo, dicha elección se realizó sin el respeto de
las pautas culturales electorales de la propia comunidad, porque no
querían, ni quieren todavía, reconocer sus propios derechos políticos y
electorales.
Es decir, la provincia de Formosa es la que establece cuál es el sistema de elección al interior de la comunidad…
Exactamente: no reconoce el sistema electoral comunitario, sino desde
la personería de la asociación civil donde son cercanos al gobierno
provincial. A mitad de 2011, Félix Díaz ganó con casi 700 votos en la
comunidad, de un total de cerca de 1000 votantes. Sin embargo, el
gobierno provincial siguió sin reconocerlo; a partir de entonces se
planteó un doble comando; por ejemplo, para hacer todo el proceso de
consulta previa a un proyecto extractivo de recursos naturales lo hace
con la asociación civil y no con la comunidad política.
¿Esta asociación civil qué tan manejada está por el poder
político del gobierno de Formosa?, ¿la comunidad no tiene ninguna
incidencia en ella?
Lo que ocurre es que la situación de los indígenas en la Argentina es
de extrema vulnerabilidad por el alto nivel de pobreza. A diferencia de
otros pueblos indígenas en la región latinoamericana, donde la lucha ha
logrado un posicionamiento político y económico visible. La lucha de
los pueblos originarios acá no es nueva, pero está invisibilizada,
porque los argentinos culturalmente creemos que venimos de un crisol de
razas, que somos hijos de europeos. “Buenos Aires es la París de
América”. No hay una conciencia de que el ciudadano argentino pueda
tener una origen indígena, ni siquiera el de considerar a los indígenas
como los verdaderos hijos de esta tierra. En este sentido, la
manipulación que ejerce el poder político tiene que ser entendida desde
el contexto de vulnerabilidad y discriminación racial que se vive en la
sociedad argentina.
¿Creés que este imaginario cultural discriminador ha incidido
en que, por ejemplo, el poder ejecutivo no quiera escuchar a los
dirigentes Qom?
Sí, pero sobre todo creo que, más que el imaginario racista, lo que
más incide para no escucharlos desde el poder político nacional son los
intereses económicos, específicamente, las actividades económicas
extractivas. Así que creo que va más allá de la voluntad política.
Nuestra economía es débil. Recuerdo que cuando fue el bicentenario hubo
una marcha muy grande y la presidenta recibió a unos cuantos indígenas y
les dijo que a ellos también les interesaba utilizar celulares y si
había petróleo en un territorio indígena tenían que correrse por el bien
de la sociedad. Volvemos entonces a la fórmula maquiavélica de que las
minorías deben ser sacrificadas por las mayorías. Ni siquiera para las
mayorías, sino para el proyecto económico.